La nueva reglamentación fue oficializada a través de la Resolución General Conjunta 5849/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), junto con las Secretarías de Energía y de Agricultura, Ganadería y Pesca. La medida complementa el Decreto 242/2026 y deja prácticamente habilitado el esquema para que las empresas comiencen a tramitar su adhesión.
El RIMI aparece como una versión orientada a PyMEs del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), aunque enfocado en proyectos de menor escala y con fuerte impronta productiva. El objetivo oficial es movilizar inversiones nacionales y extranjeras, fortalecer cadenas de valor, incorporar tecnología y generar empleo en sectores considerados estratégicos.

Beneficios fiscales para dinamizar inversiones
El núcleo del régimen está compuesto por incentivos tributarios destinados a reducir el costo financiero de las inversiones productivas.
Entre los principales beneficios figuran:
- amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias;
- devolución anticipada de créditos fiscales de IVA;
- incentivos para obras productivas y adquisición de bienes de capital;
- beneficios especiales para inversiones en eficiencia energética y agroindustria.
Según la reglamentación, las empresas podrán recuperar créditos fiscales de IVA apenas tres meses después de efectuada la inversión, un punto que el Gobierno considera clave para mejorar liquidez y flujo de caja en un contexto de tasas elevadas y restricciones financieras.
El esquema también contempla amortizaciones aceleradas para maquinaria, tecnología y obras destinadas a producción. En algunos casos específicos, como sistemas de riego o inversiones energéticas, la amortización podrá realizarse íntegramente en un solo año fiscal.
¿Cuáles son los montos mínimos?
El RIMI establece pisos mínimos de inversión según el tamaño de la empresa:
- Microempresas: desde USD 150.000;
- Pequeñas empresas: desde USD 600.000;
- Medianas Tramo 1: desde USD 3,5 millones;
- Medianas Tramo 2: hasta USD 9 millones.
Las inversiones deberán concretarse dentro de un plazo máximo de dos años desde la adhesión al régimen.
No obstante, la reglamentación incorporó excepciones relevantes para actividades consideradas estratégicas. Las inversiones vinculadas a sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo y bienes semovientes podrán acceder a beneficios aun sin alcanzar los montos mínimos exigidos.
La decisión refleja una orientación particularmente favorable hacia el sector agroindustrial y proyectos vinculados a la transición energética.
Un esquema dirigido al entramado MiPyME
Podrán acceder al régimen las empresas registradas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hasta la categoría Mediana Tramo 2 inclusive.
Para ello deberán contar con Certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en que se concrete la primera inversión y estar correctamente caracterizadas dentro del Sistema Registral de ARCA.
También podrán ingresar asociaciones, mutuales y fundaciones, aunque deberán tramitar una caracterización especial ante la Secretaría de Industria y Comercio.
La administración integral del régimen se realizará de manera digital mediante el nuevo Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), donde las empresas deberán registrar proyectos, documentación y solicitudes de beneficios fiscales.
Control fiscal y riesgo de pérdida de beneficios
La reglamentación establece además un esquema de auditorías y controles cruzados.
ARCA verificará que las empresas no mantengan deudas fiscales exigibles al momento de acceder al beneficio, mientras que las Secretarías de Energía y Agricultura podrán fiscalizar el cumplimiento efectivo de los planes de inversión presentados.
En caso de incumplimientos, el régimen prevé sanciones severas: devolución de impuestos no ingresados, restitución de créditos fiscales computados, intereses y multas.
Entre el incentivo fiscal y la incertidumbre económica
La puesta en marcha del RIMI ocurre en un contexto económico complejo, atravesado por caída del consumo, retracción industrial y dificultades de acceso al financiamiento.
Desde distintos sectores empresarios reconocen que el esquema puede transformarse en una herramienta relevante para modernizar equipamiento, incorporar tecnología y mejorar competitividad. Sin embargo, también advierten que los beneficios fiscales podrían resultar insuficientes sin una recuperación de la demanda y mayor estabilidad macroeconómica.
Especialistas tributarios consultados por distintos medios señalan además que todavía restan normas complementarias para terminar de operacionalizar algunos aspectos técnicos del régimen.
Mientras tanto, el Gobierno apuesta a que el RIMI se convierta en uno de los instrumentos centrales para estimular inversión privada en el entramado PyME, particularmente en sectores productivos vinculados al agro, la energía, la tecnología y la industria manufacturera.
