Doctrina Monroe: Origenes, corolario y actualidad. por Jorge Francisco Cholvis.

1Tras la declaración de la independencia de los Estados Unidos en 1776, y el fin de la
guerra con Gran Bretaña en 1783, los EE.UU se fueron consolidando como un nuevo actor
de la política internacional de la época.


El presidente James Monroe (1817-1825), había reconocido la independencia de las repúblicas hispanoamericanas en 1822, y el 2 de diciembre de 1823 dirigió un mensaje en su quinto discurso al Congreso sobre el Estado de la Unión, donde expuso los principios de la Doctrina Monroe. Estuvo concebida inicialmente como proclama de EE.UU en oposición al colonialismo, en respuesta a las amenazas de la restauración monárquica en Europa y la Santa Alianza tras las guerras napoleónicas, y postulaba la no intervención de los Estados Unidos en asuntos europeos.
Sin embargo, la historia no comienza con el discurso de Monroe. John Quincy Adams,
Secretario de Estado del presidente Monroe y futuro presidente de los EE.UU, esbozó la
idea. Antes, también Tomas Jefferson en su condición de tercer presidente de Estados
Unidos había declarado que su país “necesitaba un hemisferio” para estabilizarse,
prosperar y asegurar su grandeza. Y ese hemisferio, fenomenal emporio de recursos
naturales era “el que habitan, y donde luchan y sueñan, latinoamericanos y caribeños”
(Conf., Atilio Borón, “El relanzamiento de la CELAC”, TeleSurtv.net, 22 de enero 2023).
Se enunció entonces “como un principio que afecta los derechos e intereses de los Estados
Unidos”, de lo que resultaba “que la interpretación y aplicación de esas normas estaría
reservada exclusivamente al gobierno de Estados Unidos. Más que una doctrina de derecho
internacional era, pues, una actitud unilateral de dicho país” (César Díaz Cisneros,
“Derecho Internacional Público”, Tipográfica Editora Argentina, 1955, Tomo I, pág., 447).
Díaz Cisneros advirtió que la esencia de tal doctrina cabe afirmarla “como un principio en
que están comprometidos los derechos e intereses de Estados Unidos”. En efecto, es la
mejor definición de esa declaración. Suministra la razón de ser de la doctrina. Podrán
debatirse múltiples interpretaciones del principio, se pueden comprobar variantes que ha
sufrido su aplicación práctica, pero si se quiere comprender su objetivo, su espíritu, basta
recordar la esencia de esa definición. Monroe elevó a la categoría de “principio” la
necesidad política de su país (Conf., César Díaz Cisneros, ob. cit. Pág., 460).
No obstante, el mismo Monroe fue el primero en lesionarla pocos meses después del
Mensaje al Congreso, al contestar en 1824 la consulta de Colombia, relativa al alcance de
1
Este artículo forma parte del libro “A 200 años de la Doctrina Monroe. Perspectivas
emancipadoras en Nuestramérica”, que será publicado próximamente por ediciones
Luxemburg y Ediciones UNDAV.

2
su doctrina. Allí a pesar que Estados Unidos había reconocido dos años antes la
independencia de las repúblicas sudamericanas, dijo que “el empleo de fuerzas españolas
en América no constituye un caso que Estados Unidos se considerase justificado para salir
de la neutralidad que ha observado hasta ahora”. Por tanto, esta declaración fue contraria a
su doctrina contenida en el mensaje de siete meses antes, en el cual no se estableció esa
excepción a favor de España. Había entrado en juego otro factor de complicación: los
partidos políticos tradicionales de Estados Unidos, nordistas y sudistas, supeditaron la
interpretación de la doctrina, vale decir, la política internacional, a sus intereses derivados
del sistema esclavista (Conf., César Díaz Cisneros, ob. cit., pág., 461).
En ese tiempo Gran Bretaña y Estados Unidos coincidían en que para ambas era
inconveniente la dominación española y de la Santa Alianza en América. Pero, advierte
Díaz Cisneros, que más allá de esa zona de armonía, comenzaba la divergencia de miras:
ambas potencias aspiraban al dominio comercial y político en el continente americano. Y
en el preciso momento en que se daban los pasos diplomáticos para la acción conjunta de
esas dos naciones, despunta el conflicto latente entre ambas potencias.
2. Con la proposición Canning (1823) fue que despunta el conflicto entre ambas políticas.
Es que la misma postulaba que ningún país se posesionaría de parte alguna de las colonias
españolas, ni se aceptaría su transferencia a otra potencia. Entonces, esa declaración era
una valla al ensanche territorial de EE.UU, que se había anexado la Luisiana en 1803,
Oregón en 1818, La Florida en 1819 y haría lo mismo con Texas en 1845 y con Nuevo
México, Arizona y California en 1848, a raíz de la guerra con México. “Fue pues, la
proposición peligrosa de Canning, a los avances de Rusia en el Pacífico, a las amenazas de
la Santa Alianza y a fuerzas terribles para los intereses próximos y futuros de
Norteamérica, que respondió Monroe con su mensaje presidencial. Así su declaración no
nace con el consentimiento de otras naciones, ni siquiera de los países americanos, a los
que no se había consultado” (César Díaz Cisneros, ob. cit., pág., 462).
La formulación de la Doctrina Monroe ayudó a Gran Bretaña a frustrar planes europeos de
recolonización de América, y permitió a los EE.UU continuar dilatando sus fronteras hacia
el oeste. Por ello, señala Díaz Cisneros que “los hombres generosos de la emancipación
americana padecieron la ilusión de interpretar la doctrina como una especie de defensa
desinteresada que ejercía Estados Unidos de los países débiles de América,
salvaguardándolos de la amenaza europea”, y concluye que “la Doctrina Monroe es
expresión de una voluntad única: es una actitud internacional de los Estados Unidos”
(César Díaz Cisneros, ibídem).
En 1826 Bolívar apeló a su Congreso de Panamá, para albergar la primera reunión
“panamericana”. Para él la Doctrina Monroe debía convertirse sólo en una simple política
nacional de Estados Unidos. Poco tiempo fue necesario para desdecir la ilusión de los
patriotas de Nuestra América y comprender la esencia de la doctrina Monroe. Pues los
propósitos de la mencionada reunión de Panamá eran hacer efectiva la Declaración Monroe
reuniendo en derredor de esa bandera a todas las naciones de América, en un amplio
principio de no intervención que pudiese ser invocado por todas ellas. En Estados Unidos
se debatió la participación en aquel Congreso. A ello se opuso el Partido Sudista, que
amparaba el principio esclavista, ya abolido por las repúblicas hispanoamericanas, por
cuya circunstancia entendía contraria a sus intereses la defensa de naciones antiesclavistas.
La discusión puso de relieve que el monroísmo se interpretaba como una actitud de interés
sólo para Estados Unidos. Hombres representativos norteamericanos proclamaron la
libertad de acción de su país, su falta de obligación hacia Sud América (Conf., César Díaz
Cisneros, ob. cit., pág., 463).

3
Así, en 1844, Estados Unidos se opuso a la abolición de la esclavitud en Texas y la anexó
en 1845. Dominaba el Partido Sudista. Ello se apoyó con la Doctrina Monroe, expresando
que cualquier porción de América Independiente que quisiese unirse con Estados Unidos,
podría hacerlo sin que tuviese derecho a intervenir ningún poder europeo. Fue el presidente
estadounidense, James Polk quien precisamente tomó por primera vez el mensaje de
Monroe con su discurso que dio el 2 de diciembre de 1845, con la finalidad de apoyar las
pretensiones estadounidenses sobre Texas y el territorio de Oregón, como también para
oponerse a maquinaciones británicas con relación a California, que en esa época era una
provincia mexicana. Asimismo fue utilizado en 1850 en ocasión de la rivalidad entre
británicos y estadounidenses en Centroamérica.
Fue en 1850, con el Tratado Clayton-Bolwer, celebrado con Inglaterra -que dominaba
Centroamérica-, donde se estableció la participación conjunta de ambas potencias en el
control de un canal por Panamá, para cuando estuvieses construido. Desconocía otra vez
Estados Unidos la Doctrina Monroe, al permitir la intervención de Gran Bretaña en
América; y se reservó así la libertad de acción para anexarse -como vimos- Texas, Oregón,
California y Nueva México, al sostener que a ello no se opone literalmente la declaración
Monroe que proscribe la colonización de América por Europa, no por Estados Unidos
(Conf., César Díaz Cisneros, ob. cit., pág., 464).
3. Por ende, con el propósito de corroborar juicios relativos a la Doctrina Monroe, es
necesario completar sus principales aplicaciones o actos de conducta internacional
norteamericana, en donde declarada o implícitamente se la puso en práctica. Para lo cual
cabe señalar que con apoyo u omisión de EE.UU, después de la declaración de Monroe se
produjeron intervenciones europeas en países americanos. La toma de posesión de las
Malvinas por Inglaterra lo demostró concluyentemente. En 1833, diez años después de
proclamado el principio Monroe había sido violado, y para Estados Unidos no tenía
aplicación. También ocurrió con el bloqueo de barcos franceses a los puertos argentinos
entre 1839 y 1840; y el posterior bloqueo anglo-francés del Río de la Plata de 1845-1850.
No fue considerada la Doctrina ante la invasión española a la República Dominicana entre
1861 y 1865; tampoco en la invasión de México por las tropas francesas y la imposición de
Maximiliano de Austria como emperador entre 1862 y 1867; ni en la ocupación de la
Guayana Esequiba (Venezuela) realizada por Gran Bretaña en 1855.
En 1880 de conformidad con la idea que el Caribe y Centroamérica formaban parte de la
“esfera de influencia exclusiva” de los EE.UU, el presidente Rutherford Hayes anunció un
Corolario de la Doctrina Monroe: “Para evitar la injerencia de los Estados
extracontinentales en América, los EE.UU debían ejercer el control exclusivo sobre
cualquier canal intercontinental interoceánico que se construyese”. Dejaba así las bases de
la posterior apropiación del Canal de Panamá, cuya construcción había sido abandonada
por el francés Ferdinand de Lesseps en 1888, y excluía a poderes europeos que pudieran
competir por los mercados del Caribe y Centroamérica.
En 1898, la cuestión de Cuba provocó la guerra con España que posibilitó a EE.UU ejercer
sobre Cuba el derecho de intervención basado en la Enmienda Platt, y anexarse Puerto
Rico. Sólo en las primeras décadas del siglo pasado, la República Dominicana (1904 y
1906), Cuba (1906), Nicaragua (1909, 1912 y 1926) y Haití (1915), resultaron víctimas de
esta práctica. Con el paso de los años EE.UU modificó su táctica y de las intervenciones
armadas pasó a los golpes de Estado, asegurando la instauración de gobiernos afines a su
política, sin que su rol en estos procesos quedara manifiesto.

4
Tales son jalones principales de la política internacional norteamericana desde que se
proclamó la Doctrina Monroe. Demuestran que no hay parte alguna del mensaje de 1823
que no haya sido dejado sin efecto alguna vez. Así, podemos señalar que la doctrina
desaparece, por el olvido o por la negación, y reaparece muchas veces a lo largo de su
existencia de 200 años. Díaz Cisneros ya señaló que “no podía ser de otro modo, puesto
que la doctrina es el principio de una nación, y está forzada a transformarse
constantemente en su aplicación, siguiendo no solamente el rumbo general de aquel
interés, sino también las posibilidades prácticas o medios de acción disponibles en cada
circunstancia para hacerlo efectivo (César Díaz Cisneros, ob. cit., pág., 465).
4. Contra la expansión yanqui y el monroísmo, Alberdi alertó con particular agudeza. En
su análisis de las relaciones entre Estados Unidos y Latinoamérica, Milcíades Peña señaló
que esa advertencia es hoy más valiosa todavía que cuando Alberdi la formuló. Entonces
eran hipótesis, hoy son realidades que encadenan a toda Latinoamérica (Milcíades Peña,
“Alberdi, Sarmiento, el 90”, Ediciones Fichas, Buenos Aires, 1972, págs., 102).
Veamos lo dicho por Alberdi: “Sólo por una credulidad imbécil puede la América antes
española aceptar como favorable a ella la doctrina de Monroe que profesan los Estados
Unidos. Aunque antítesis de las doctrinas atribuidas a la Santa Alianza, en la América
española, la doctrina de Monroe es tan aciaga para la América de origen español, como la
de la Santa Alianza. Las dos tienen por objeto la conquista de la América española: la una
en provecho de España, la otra en provecho de los Estados Unidos. Ambas doctrinas
constituyen la consecuencia de dos ambiciones de que es objeto la América antes española
(Juan Bautista Alberdi, “Obras Selectas”, Nueva Edición, Ordenadas, revisadas y
precedidas de una Introducción por el Dr. Joaquín V. González,, Tomo XVII, “Estudios
Políticos”, Librería La Facultad, Buenos Aires, 1920, pág., 99. Énfasis en el original).
Luego de señalar que el monroísmo es la conquista, Alberdi se interroga y precisa: ¿”Qué
es entonces la doctrina de Monroe? La doctrina de un egoísmo que se expresa por su
mismo nombre casualmente: Mon-roer, es decir, mi comida, mi alimento, mi pitanza, dos
vocablos casi españoles, como para que mejor comprendan su sentido las víctimas que
hablan esta lengua” (…) ¿Qué es la doctrina de Monroe? Es la doctrina de un presidente
de los Estados Unidos, elevada a la dignidad de política nacional, por la adopción
doctrinaria que de ella hizo el Congreso de Estados Unidos (Juan B. Alberdi, ob. cit., págs.
101/102, resaltado en el original). De este modo explícito rechazaba Alberdi
terminantemente el pretexto civilizador de cualquier colonización: mejor el desorden en la
independencia nacional que el orden en la supeditación al extranjero. Bien concluye
Milcíades Peña que el único camino para el progreso real y la efectiva independencia de
las naciones latinoamericanas es su unidad (Conf., Milcíades Peña, ob. cit., pág. 103).
También Ernesto Quesada sintetiza su juicio sobre la Doctrina Monroe de este modo: “No
es, ni una doctrina propiamente jurídica, ni un proyecto de Derecho Internacional
universal; es pura y simplemente, una tesis panamericana de política internacional
exclusivamente estadounidense” (Ernesto Quesada, “La Doctrina Monroe, su evolución
histórica”, Buenos Aires, 1920, Editorial Imp. y Casa Editora Coni, 1920, Buenos Aires,
pág., 116).
Se ha expresado también que la interpretación dada a la Doctrina Monroe en 1895 por el
presidente Cleveland y su Secretario de Estado Richard Olney, a raíz de su intervención en
la disputa anglo-venezolana sobre los límites de la Guayana Británica, provocó un revuelo
internacional. Así, la “nueva” Doctrina Monroe daba el derecho a los EE.UU de intervenir
en casi cualquier conflicto surgido en América entre una potencia europea y otra
americana. “Hoy los Estados Unidos son prácticamente soberanos en este continente, y su

5
fiat es ley respecto de los asuntos a los cuales confían su interposición” (Richard Olney a
Thomas F. Bayard, 20 de julio de 1895, en Papers Relating to the Foreign Relations of the
United States, 1895. Washington, DC., 1896, t. I, págs. 545-562. Conf., Hilton, Silvia L.
“La Nueva Doctrina Monroe de 1895 y sus implicaciones en el Caribe Español: Algunas
interpretaciones coetáneas españolas”, Universidad Complutense, Madrid, Tomo LV, 1,
1998, Página 125).
En la Primera Conferencia Panamericana celebrada en Washington en 1889, EE.UU
impulsó su proyecto para concretar la unidad continental bajo su egida. Las reuniones
panamericanas fueron encuentros multilaterales, organizados desde Washington con la
intención de consolidar su influencia hegemónica en el continente, apoyados en la
American Policy por excelencia: la Doctrina Monroe. De tal manera el panamericanismo y
el monroísmo conformaban las dos caras de una misma política. Roque Sáenz Peña que fue
delegado argentino a conferencias panamericanas, y asumió la presidencia Argentina en
1910, se destacó como autor de textos contrarios al postulado Monroe y publicó “Los
Estados Unidos en Sud-América. La doctrina Monroe y su evolución”, libro en que lanzó
acerbas críticas a dicha postura (V., María del Rosario Rodríguez Díaz, “La doctrina
Monroe en Buenos Aires. Miradas desde la prensa y diplomacia Mexicana. 1910”, Revista
de Estudios Latinoamericanos, Ciudad de México, 9 de mayo 2022). En dicha conferencia
Roque Sáenz Peña respondió con la frase “América para la humanidad”, que José Martí
inscribiera en letras de oro en su espléndida relatoría de aquella Conferencia en un libro
titulado Nuestra América. En la obra de Manuel Ugarte, también se encuentra una
expresión, en forma de denuncia alarmada, que pugnaba por contener la avasalladora
marcha estadounidense por encima de los países latinoamericanos.
5. Arturo Enrique Sampay rescató el pensamiento de José Nicolás Matienzo sobre “La
Doctrina Monroe y la Constitución Argentina” (Arturo Enrique Sampay, “Obras Selectas”,
“El Derecho y la Soberanía Argentina”, Tomo 10, Editorial Docencia, Buenos Aires,
2011). Cabe entonces que vayamos al pensamiento de este gran jurista nacional. En los
tres artículos que reunió e integran su libro referidos a política internacional, Matienzo
describe orígenes y motivaciones de la Doctrina Monroe, y los errores históricos y
jurídicos, que a menudo se incurre al apreciar el objeto y la aplicación de la misma. Allí
denunciaba precisamente: el acto de la Gran Bretaña de usurpación a la soberanía argentina
en Malvinas que violó evidentemente la Doctrina Monroe, pero el gobierno de Estados
Unidos no quiso reconocerlo así (Conf., Jorge Francisco Cholvis, “Sampay y la
Soberanía”, Palabras Liminares, “Obras Selectas”, Arturo E. Sampay, Tomo 10, “El
Derecho y la Soberanía Argentina”, Editorial Docencia, Buenos Aires, 2011).
En el Prólogo al Capítulo “La Doctrina Drago y la Constitución Argentina”, señaló
Matienzo: “He reunido en este trabajo tres artículos sobre política internacional escritos
con el objeto de precaver a los ciudadanos contra errores históricos y jurídicos que a
menudo se incurre al apreciar el objeto y la aplicación de la llamada Doctrina Monroe”.
Poniendo en contexto la intervención europea en América Latina -en el caso de Venezuela
en 1902- Luis María Drago, Ministro de Relaciones Exteriores argentino, propuso la
doctrina que llevaría su nombre, y que prohibía o condenaba el cobro de la deuda por
países extranjeros a través del uso de la fuerza. El canciller Drago buscaba proteger la
soberanía nacional y los derechos de los gobiernos, afectados a causa de una deuda pública
y el bloqueo de puertos por naciones europeas. Así fue que protestó de manera escrita, por
los sucesos en Venezuela, con nota dirigida al Ministro argentino en Washington, Martín
García Merou, y para ser presentada al gobierno estadounidense.

6
El argumento central de la nota era que “la deuda pública no puede dar lugar a la
intervención armada, ni menos a la ocupación material del suelo de las naciones
americanas por la potencia europea”. El uso de la fuerza contra Venezuela -por potencias
europeas- era una oposición a los postulados básicos de la Doctrina Monroe. Sostuvo que a
más de un siglo de su enunciación por el presidente de los Estados Unidos que le ha dado
su nombre, y desaparecidas las circunstancias que la motivaron, ella se emplea ahora por
numerosos estadistas de aquella nación como un instrumento de hegemonía sobre los
pueblos americanos que no hablan inglés (…) La República Argentina y demás naciones
independientes de América situadas al Sud de los Estados Unidos no pueden consentir
limitaciones a su libertad en obsequio de gobierno extranjero alguno, ni admitir
restricciones impuestas a su capacidad jurídica por una nación que se arroga la función de
protegerlas, asumiendo una tutela que nadie le ha conferido, ni podría conferirle, con
arreglo a los principios de Derecho Internacional” (César Díaz Cisneros, ob. cit., pp., 77/8).
También advirtió que si la Doctrina Monroe se propone expresamente defender a las
repúblicas americanas contra las potencias europeas, “los Estados Unidos no la han creído
aplicable a ellos mismos y, en consecuencia, no han pensado que la violaban cuando
ocupaban y se anexaban la mitad del territorio de México”. Por tanto, acusó que los
intereses económicos y la llamada diplomacia del dólar, la falsea, atribuyéndole como
objeto esencial establecer la tutela de Estados Unidos sobre las demás Repúblicas de
América, y que ya “han pasado ciento cinco años, durante los cuales multitud de intereses
y propósitos egoístas han usado el nombre de Monroe para disfrazar sus empresas, cuando
para su éxito necesitaban hollar soberanías o allanar derechos”.
Con toda claridad Drago formuló los alcances de su doctrina, cuando dijo: “Yo la
considero no un principio abstracto de valor académico, no una regla jurídica de aplicación
universal que no tendríamos personería para sostenerla sino un enunciado político de
diplomacia americana, que si bien se apoya en razones de derecho, tiende a evitar a los
pueblos de este continente la calamidad de la conquista que se pretende disfrazar de
intervención financiera”. Era su sabia advertencia sobre que no hay que permitir que la
deuda pública externa se convierta en “cadenas políticas para la América del Sud. Así, lo
que ataca Drago es la “presión” ejercida contra un Estado soberano por causa de la falta de
pago de la deuda. La acción militar, el bloqueo, el bombardeo de puertos, la ocupación
territorial, sólo son especies del género que es la presión, de la interferencia, la injerencia.
Ello es lo que condena la Doctrina Drago, por lo que es necesario tenerla en cuenta mucho
más en esta época (Conf., Jorge Francisco Cholvis, “Constitución, endeudamiento y
políticas soberanas”, Ediciones Fabro, diciembre de 2019, págs. 88/89 y sgtes.).
Drago formuló su Doctrina como un Corolario de la de Monroe, fundándola ante la
necesidad de refrenar la visible ambición de conquistar o colonizar los territorios de Sud
América, dotados de grandes riquezas y de clima propicio para todas las producciones
(José N. Matienzo, ob. cit., págs., 77, 85 y 86). Sin embargo, esta propuesta llegó en un
periodo de cambio gubernamental en EE.UU, y el Corolario del presidente Roosevelt
(1901-1909) fue el medio que separó a la Doctrina Monroe de la Doctrina Drago, y sostuvo
los intereses estadounidenses en el hemisferio.
6. Así a comienzos del siglo XX, Estados Unidos afirmó su Doctrina Monroe y Roosevelt
emitió en 1904 un Corolario, para el caso que un país europeo amenazara o ponga en
peligro los derechos y propiedades de ciudadanos o empresas estadounidenses. Sostuvo
una serie de medidas con el objetivo de influir y controlar el comercio en Latinoamérica, a
partir de ampliar los intereses de Estados Unidos frente al poderío que por mucho tiempo
tuvieron España e Inglaterra en el continente. Con ello, EE.UU buscó tener una política

7
exterior más activa políticamente y convirtió al Mar Caribe en un mare nostrum
estadounidense. Roosevelt argumentaba que los desórdenes internos de las repúblicas
latinoamericanas constituían un problema para el funcionamiento de las empresas
estadounidenses establecidas en esos países, y que en consecuencia los EE.UU debían
atribuirse la potestad de “restablecer el orden”.
Al modificar la política exterior de su país con la política del “El Gran Garrote” (Big
Stick), y promover su presencia e intervención en Nuestra América, retomó los argumentos
de la Doctrina Monroe, el “Destino Manifiesto” y con soberbia invocaba: “Si una nación
demuestra que sabe actuar con eficiencia razonable y con correcciones en cuestiones
sociales y políticas, si mantiene el orden y paga sus obligaciones, no debe temer la
interferencia de los Estados Unidos. Los disturbios crónicos o la impotencia que resulta de
un debilitamiento general de los lazos de la sociedad civilizada, puede requerir en
América, así como en cualquier otra parte, la intervención de una nación civilizada, y por
lo que se refiere al hemisferio occidental, la adhesión de los Estados Unidos a la Doctrina
Monroe, puede forzarlos, aún a su pesar, en casos de disturbios o impotencias, a ejercer las
funciones de policía internacional” (Gaston Nerval, “Autopsy of the Monroe Doctrine”,
Nueva York, Mac Millan, 1934, p. 232).
Bajo la política del Gran Garrote legitimó el uso de la fuerza como medio para defender los
intereses de EE.UU, en el sentido más amplio, lo que resulto en numerosas intervenciones
políticas y militares en todo el continente. También, Roosevelt impulsó dicha política en
Centroamérica, especialmente en Colombia con su apoyo a la independencia de Panamá,
pues estaba interesado en la construcción del canal interoceánico que permitiera ahorro de
combustible y dinero al pasar del Océano Atlántico al Pacífico. De manera unilateral, vio
esa intervención como un acto necesario para el beneficio económico como parte de los
intereses vitales de los Estados Unidos. De igual manera, la intervención en la República
Dominicana marcó un nuevo escenario discursivo estadounidense, ante la guerra civil de
éste país al hacer efectiva la presencia de EE.UU en el Caribe (Einer David Tah Ayala, “El
principio de no intervención en América Latina: el Corolario Roosevelt y la Doctrina
Drago”, Universidad del Mar, México. Intersticios Sociales, núm. 21, 2021, pp. 173-195).
Otro caso de EE.UU en el Caribe -remarcamos- fue en Cuba durante 1906, cuando las
tropas estadounidenses tomaron formalmente la Isla basados en la Enmienda Platt, firmada
en 1903. Con esa Enmienda Cuba adquiría el compromiso de proteger su independencia de
cualquier amenaza externa, y de no hacerlo, EE.UU podría intervenir para proteger la vida
y la prosperidad individual, al tiempo que la Isla debía ceder las tierras que los
estadounidenses considerasen como zonas estratégicas para uso naval, lo que los llevaría a
tomar la Bahía de Guantánamo. Roosevelt envió a la Isla su Secretario de Guerra, William
Howard Taft con órdenes de mantener la estabilidad social y, hacerse cargo
provisionalmente del gobierno cubano, así como buscar la entrada de empresas
estadounidenses, afirmando su presencia al interior de la isla, y en el gobierno de Cuba.
Así los argumentos de seguridad propia y hemisférica, fueron utilizados por EE.UU en pos
de una serie de intervenciones, y dieron pie a doctrinas que posibilitaron la “diplomacia del
dólar”, como fueron los Corolarios Roosevelt y Taft. El Corolario Taft siguió al de
Roosevelt, pero desde otra perspectiva: Roosevelt para minimizar el peligro que significó
la posibilidad de recolonización europea, mientras que Taft buscó la promoción, expansión
y defensa de los intereses financieros -y bancarios- de los ciudadanos estadounidenses en
Latinoamérica, dándole carácter económico al nuevo escenario de política estadounidense
sobre la región, enfocada sobre el otorgamiento de préstamos o la inversión estadounidense

8
en la región, así como la intervención militar para la protección de esas inversiones. A ese
respecto, la política estadounidense permaneció activa en la región.
7. Si en sus inicios la Doctrina Monroe se revistió con la premisa “América para los
Americanos”, cual proclama defensiva frente a la amenaza colonialista que suponía la
restauración monárquica en Europa, como vimos, pronto se reveló en su esencia ofensiva,
cual doctrina de colonización del nuevo continente por parte de Estados Unidos. Fue
grandilocuente expresión, donde las acciones no coincidieron necesariamente con esas
palabras. Fue utilizada repetidamente para justificar decenas de invasiones, intervenciones,
sanciones económicas y cambios de régimen por vía de golpes de Estado, en el continente
americano. Durante la Primera Guerra Mundial, el presidente Wilson interpretó la Doctrina
Monroe como un principio político global sin restricciones de espacio regional,
proporcionando así una justificación para la influencia global de los Estados Unidos.
En el marco de la Guerra Fría, en 1950 se invocó el “Corolario Kennan” de la Doctrina
Monroe, argumentando que los países latinoamericanos eran vulnerables a la “infiltración
comunista”, por lo que debía utilizarse para hacer frente a la amenaza del comunismo
emergente en América Latina, incluso con el uso de dictaduras. En este contexto la
Organización de Estados Americanos (OEA) se instituye como instrumento dócil al
servicio de los intereses económicos y geopolíticos de EE.UU, que respaldó con sus
decisiones colectivas el intervencionismo norteamericano al amparo legitimador del
multilateralismo. “Ministerio de Colonias” la llamó Ernesto “Che” Guevara, al develar las
estrategias de intervención de EE.UU en la Conferencia de Punta del Este en 1960.
Muchos años después lo que estuvo en juego durante la IV Cumbre de Mar del Plata, era si
EE.UU conseguiría imponer un paquete de más libre comercio, mayor apertura de sectores
y recursos vitales, control migratorio, seguridad subordinada a sus intereses y mayor
militarización bajo la supervisión del Comando Sur. Ese plan no prosperó como estaba
planeado. En consecuencia, durante la IV Cumbre de las Américas, el ALCA naufragó en
Mar del Plata, pues los gobiernos latinoamericanos en ese período experimentaban una
nueva etapa en las relaciones internacionales, con profundas diferencias políticas respecto
de las convocatorias al panamericanismo de EUA. Y así decidieron construir una
integración con identidad propia como la Comunidad de Estados Latinoamericanos
(CELAC) y la Unión Sudamericana de Naciones (UNASUR).
Así, la Doctrina Monroe queda como uno de los tantos medios con los que EE.UU
expande su afán hegemónico sobre la región de América Latina y el Caribe desde
tempranas etapas de su existencia como nación. A lo largo de los años, esa política ha
tenido reelaboraciones y reajustes. Tal el caso del Panamericanismo, que se constituyó
como una manera de institucionalizar el dominio imperialista sobre los pueblos
latinoamericanos al comenzar la última década del siglo XIX. Actitud que continuó hasta
nuestros días, incluyendo la creación del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca,
en 1947, y otras iniciativas institucionales que fueron precisando su accionar.
Por tanto, no se puede dejar de mencionar la guerra de las Malvinas en 1982 y el apoyo
que el gobierno de EE.UU brindaron en inteligencia al gobierno de Margaret Thatcher y
que puso en manifiesto que la doctrina no se aplicaba más que para aquellas potencias
europeas no aliadas de EE:UU. De ahí la ambigüedad de la doctrina. Así, podemos
entender que la Doctrina Monroe fue el sostén de planes y programas políticos que
inspiraron e inspiran el expansionismo de los EE.UU.
8. En 1991 terminó la Guerra Fría, la Unión Soviética se desintegró y EE.UU se había
convertido en la única superpotencia del mundo. La hegemonía global de EE.UU hizo de la

9
Doctrina Monroe un verdadero “mundo americano”. El nuevo intervencionismo
promovido por EE.UU y los países occidentales en la posguerra fría bajo el pretexto del
humanitarismo y la defensa de los valores universales es esencialmente una versión
ampliada de la Doctrina Monroe. Actualmente, el rasgo fundamental de la vigencia de la
Doctrina Monroe es el fortalecimiento del sistema interamericano, con énfasis en su
componente económico, político, institucional y militar. La Doctrina Monroe se dilató en
el tiempo con otros aditamentos elaborados por los diferentes gobiernos norteamericanos.
Por tanto, se deben precisar las políticas de la Doctrina Monroe y sus últimos cambios
detrás de la estrategia estadounidense hacia América Latina.
La forma de interpretar la doctrina varió, pero el dogma sigue vigente en la política
estadounidense. La Doctrina Monroe seguirá promoviendo una América para los
(norte)americanos, y bregará por mantener fuera de la región a potencias
extracontinentales, no ya ante el temor de una presunta invasión sino con la meta de
debilitar los lazos de cooperación y comercio, y continuar monopolizando el área que
siempre han considerado su “patio trasero”. De esa manera, acciones como el apoyo de
Trump al autoproclamado presidente interino de Venezuela, Juan Guaidó; el
recrudecimiento de las sanciones económicas y las medidas de seguridad contra Cuba y la
satanización del gobierno nicaragüense, resultan muestras claras de las estratagemas de la
Casa Blanca para impulsar y expandir su presencia en Latinoamérica. Y en el campo
cultural utilizando la promoción del american way of life.
En febrero de 2018, el entonces Secretario de Estado Rex Tillerson, aseguró que la
Doctrina “es tan relevante hoy como el día en que fue escrita”. Así es que bajo la consigna
de “América para los Americanos”, la Doctrina Monroe formulada por los EE.UU
doscientos años atrás, aún se la entiende en vigencia y se expresa con frecuencia en
acciones injerencistas sobre América Latina. Bernie Sanders, Senador Independiente de
Vermont, en 2022 advertía que como potencia dominante en el hemisferio occidental,
EE.UU tiene el derecho de intervenir contra cualquier país que pudiera amenazar nuestros
supuestos intereses. Esa es la política de Estados Unidos” (Conf., “Doscientos años de la
doctrina Monroe: cómo ha contribuido esta política estadounidense a desestabilizar el
continente americano”, Democracy Now!, Reportaje del 27/4/2023).
Casi dos siglos después del planteamiento de esa idea, en pleno siglo XXI, el entonces
Secretario de Estado norteamericano, John Kerry, en un discurso ante la Organización de
Estados Americanos (OEA), en 2013, había dado por muerta a la Doctrina Monroe al
asegurar que su era había terminado. Pero, un lustro posterior, en septiembre de 2018, al
hablar en el debate de alto nivel en la Asamblea General de la ONU, el entonces presidente
de EE.UU, Donald Trump, la “revivió”. Aquí -dijo- en el hemisferio occidental, estamos
comprometidos a mantener nuestra independencia de la intrusión de potencias extranjeras,
y lo sostuvo en referencia al apoyo de China y Rusia a varias naciones latinoamericanas. El
presidente Trump reflotó en esa oportunidad, la política formal de EE.UU iniciada desde
tiempos del presidente Monroe y anuncia que “rechacemos la interferencia de naciones
extranjeras en este hemisferio y en nuestros propios asuntos”. De un plumazo se borraron
las palabras de Kerry, quien formó parte del Gabinete de Barack Obama (2009-2017),
mientras Joe Biden era por aquella fecha el vicepresidente de Estados Unidos.
9. Para revivir su hegemonía, las políticas de Obama, Trump y Biden adoptaron diferentes
estrategias en un intento por restaurar su influencia en América Latina, tanto política como
económica. Y consolidar un bloque que permita contrarrestar la ascendencia económica y
tecnológica de China, y el reto político, diplomático y científico que representa Rusia. Una
política defensiva basada en el aislacionismo se transformó en una política ofensiva que

10
busca la hegemonía regional y global en las Américas. De esa forma, el principio de
exclusión en la Declaración de Monroe, lleva no sólo a la exclusión geográfica, sino
también a la exclusión del sistema político, para argumentar objeciones a la presencia de
China y Rusia en el continente, y lo que está en juego es la voluntad hegemónica de
EE.UU de prevalecer en la disputa geopolítica (Conf., “¿Cuándo va a morir la Doctrina
Monroe?”, por Ibis Frade, La Habana, 15 de julio 2023, Escaner, Prensa Latina).
Con la intensificación de la competencia estratégica entre China y Estados Unidos, este
país considera cada vez más a China como su mayor competidor y amenaza. China se ha
convertido en el principal “competidor estratégico”. Al mismo tiempo, EE.UU considera
que el desarrollo de las relaciones chino-latinoamericanas es una amenaza para EE.UU. La
política de Biden ha continuado con la estrategia de Trump de competencia entre grandes
potencias, considerando a China como un “competidor que plantea un serio desafío para la
prosperidad, la seguridad y los valores democráticos estadounidenses”. El regreso de la
Doctrina Monroe significa el renacer de la política de poder estadounidense, y China,
como el mayor factor externo que afecta la economía del hemisferio occidental es el
objetivo principal del regreso de la Doctrina Monroe.
En julo 2022 en el marco de la Concordia Annual Summit, la generala norteamericana
Laura Richardson, Jefa del Comando Sur (SOUTH COM), aseguró que la presencia de
China está “socavando la democracia” en Latinoamérica. Laura Richardson, afirmó
entonces que “estadounidenses y los otros pueblos de América Latina y el Caribe hemos
convivido armónicamente (sic) en nuestro vecindario durante siglos”. Y “nuestro
vecindario”, entiende la señora Richardson, debe impedir la llegada de intrusos como
Rusia, China e Irán que quieren arrebatarnos lo que es nuestro. Más claro imposible.
“Américas para los (norte)americanos, reza la doctrina Monroe, de imperecedera vigencia.
Por eso la CELAC es más necesaria que nunca” (Conf., Atilio Borón, “El relanzamiento de
la CELAC”, TeleSurtv.net, 22 de enero 2023).
Luego que Richardson afirmara en un ataque de sinceridad que Washington debe
“intensificar su juego” en América Latina, y que “hay mucho que hacer frente a sus ricos
recursos”, aseguró que este hemisferio pertenece a nosotros y a nadie más, “y estamos
hombro con hombro en esta causa común para proteger nuestro hemisferio de cualquier
amenaza internacional”. Advierte Atilio Borón que el vocablo “nosotros” podría
interpretarse de varias maneras, pero al mencionar a quienes podrían ser los potenciales
adversarios de tan idílico vecindario: China, Rusia e Irán, se puso de manifiesto que ese
“nosotros” se refiere a Estados Unidos y no a las demás naciones (Conf., Atilio Borón, “La
reconquista imperial”, Página/12, 22 de julio 2023).
Como vimos, la Doctrina Monroe fue el principio de la política exterior de Estados Unidos
de no permitir la intervención de las potencias europeas en los asuntos internos de los
países americanos, pero 200 años después, Estados Unidos parece estar construyendo una
política similar pero para cercar la influencia de China, la potencia adversaria de la Casa
Blanca por excelencia. Trump decidió reforzar de manera brutal su vocación hegemónica,
y tal explícita postura busca ser el dique de contención de China (“La doctrina Monroe de
Trump”, iade.org.ar/noticias/la-doctrina-monroe-de-Trump).
Por ende, lo que está en juego es la voluntad hegemónica estadounidense de prevalecer en
la disputa geopolítica en América Latina. Los intereses estadounidenses en la región parten
de una concepción geopolítica y de la necesidad de construcción de una esfera de
influencia, dada la situación geográfica en que los países del área conforman la fuente más
cercana para obtener materias primas y recursos naturales, y por cierto también en términos

11
geopolíticos. Por lo tanto, la Doctrina Monroe no puede ni debe ser considerada como algo
de la historia, del pasado, sino un problema del presente para nuestros pueblos.
10. La Doctrina Monroe contenida en dicho mensaje del Presidente de Estados Unidos en
circunstancias históricas y económicas americanas y mundiales no sólo muy diferentes,
sino opuestas en gran medida a las del presente, ha sido superada por principios de
seguridad colectiva y garantías recíprocas que surgen de la debida aplicación de principios
institucionalizados por las Naciones Unidas. Inicialmente se la presenta como defensa de
los procesos de independencia de los países americanos. Aunque el pronunciamiento de
Monroe no pasó de ser una simple declaración altisonante hecha por un Estado sin recursos
militares suficientes para sostenerla. Esa circunstancia determinó que durante largo tiempo
no fuera invocada ni calificada como doctrina.
De tal modo, la Doctrina Monroe es uno de los tantos medios con los que EE.UU expande
su afán hegemónico sobre la región de América Latina y el Caribe desde etapas tempranas
de su existencia. A lo largo de los años esa política ha tenido reelaboraciones y ajustes. Tal
el caso del Panamericanismo cuestionado por el Héroe Nacional Cubano, José Martín, pues
se constituyó como una manera de institucionalizar el dominio imperialista sobre los
pueblos latinoamericanos al comenzar la última década del siglo XIX. Con los diversos
Corolarios la Doctrina Monroe siempre ha estado vigente. A partir del año 2000 ha tratado
de encubrir su actividad utilizando métodos más sofisticados para conseguir sus objetivos,
y ha continuado poniéndose de manifiesto. Por ello, cabe remarcar la importancia del
Comunicado del ALBA-TCP emitido en Caracas, 5 de octubre de 2018 contra de la
invocación de la Doctrina Monroe por parte del gobierno de los Estados Unidos:
“La Doctrina Monroe es la más clara evidencia de la agresión histórica y unilateral por
parte de Estados Unidos contra los pueblos latinoamericanos y caribeños (…) Los países
del ALBA-TCP, denunciamos que la invocación de la Doctrina Monroe es contraria a los
principios cardinales del derecho internacional”. Bien señala Atilio Borón que la creciente
injerencia norteamericana en asuntos internos de nuestros países ha llegado a niveles
escandalosos, de ahí la necesidad de una robusta CELAC para ponerle freno. Sólo una
acción concertada entre nuestros países podrá evitar la brutal recolonización de
Latinoamérica y el Caribe, montada sobre un derecha radical y violenta que es promovida,
asesorada y financiada desde Washington a través de numerosos canales”.
Esencialmente, también cabe concluir que la Doctrina Monroe es superada por la debida
aplicación de los principios de la Organización de Naciones Unidas, y carece hoy día de
razón de ser. No tiene objeto, porque la no intervención, la no colonización están
comprendidas ampliamente en la seguridad colectiva de las garantías recíprocas y
mundiales de la ONU. En efecto, son principios de las Naciones Unidas, mantener la paz y
la seguridad internacionales; prevenir y eliminar las amenazas a la paz y actos de agresión;
los miembros se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la
integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado; como asimismo, el
principio de no intervención en los asuntos de la jurisdicción interna de los Estados (Arts. 1
y 2, de la Carta de Naciones Unidas).
Los pueblos están facultados a adoptar políticas para efectivizar los derechos humanos y la
justicia, pues tienen el derecho a la libre determinación y en virtud de él se encuentran en
condiciones de establecer libremente su condición política y proveer asimismo a su
desarrollo económico social y cultural. Todo Estado tiene el derecho soberano e
inalienable de elegir su sistema económico, así como su sistema político, social y cultural,
de acuerdo con la voluntad de su pueblo, sin injerencia, coacción ni amenaza externa de
ninguna clase (“Carta de Derechos y Deberes Económicos de los Estados”, art. 1°,

12
Resolución N° 3281-XXIX, de la Asamblea General ONU, 12 de diciembre 1974).
Ratificados por la “Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a
las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta
de las Naciones Unidas”; y que se encuentran incorporados en el párrafo 1° del art. 1°, del
“Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
Sin duda, se debe ejercer plenamente el principio de soberanía por los Pueblos.
Sostenemos que un país que aspira a alcanzar elevados objetivos que hacen a una
comunidad política nacional, no puede dejar en manos ajenas el manejo de esenciales
engranajes de su desarrollo socio-económico y cultural, si es que no quiere ser un acoplado
dependiente y colonial de quienes le manipulan sus políticas, y frustran dicha meta. Urge
erradicar las causas que frenan el progreso económico y el bienestar social de las naciones.
Para lo cual es imprescindible fortalecer la cultura política, participación, y firmeza en la
acción. La difícil tarea será delinear un espacio donde se puedan superar epidérmicas y
circunstanciales diferencias, y contribuir así al examen y debate de los más serios
problemas nacionales, lo cual posibilitará lograr el objetivo primordial de instituir un
Proyecto Nacional acorde con las aspiraciones y necesidades actuales de nuestro Pueblo.

(Conf., Jorge Francisco Cholvis, “Argentina. Historia y Constitución”, Tomo II, El Cid
Editor, Buenos Aires, 2019, pp. 674 y sgtes).
Castelar, Provincia de Buenos Aires, noviembre de 2023.