La Resolución General 5232 adecúa la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%. 

La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior. La normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%. 

La decisión forma parte de las medidas adoptadas por el equipo económico con el objetivo de contener el uso de divisas para el turismo, y privilegiar el acceso a los sectores productivos, tal como había anticipado BAE Negocios.

De este modo, el incremento estará alcanzado solo para el acceso a los dólares para turismo y no para quienes compren para atesorar. Y siguen vigentes las restricciones para la compra de dólares para quienes reciben beneficios sociales, y el cupo de 200 dólares por mes.

Quiénes no pueden comprar dólar ahorro

Durante las últimas jornadas de septiembre de 2020, el BCRA puso en marcha la aplicación de la Comunicación A 7105, por la que obliga a las entidades financieras a controlar que quienes quieran compran dólares en sus cajas de ahorro no sean beneficiarios de «algún plan o programa caracterizado como de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario», como por ejemplo:

  • Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)
  • Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE)
  • Programa Acompañar
  • Otros planes sociales

Además, los trabajadores en relación de dependencia cuyas empresas fueron beneficiadas por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo, la Producción (ATP) y el Programa de Recuperación Productiva (Repro) tampoco podrán comprar dólar ahorro.