El fin de la novela. Miguel Fernández es el nuevo presidente de la UCR bonaerense.


El juez federal Alejo Ramos Padilla desestimó el recurso de nulidad de la oposición y ratificó la victoria de Miguel Fernández como presidente de la UCR bonaerense.


La Justicia Electoral ratificó a Miguel Fernández como presidente de la Unión Cívica Radical (UCR) bonaerense, tras desestimar el recurso de nulidad presentado por la oposición (Lista 15), que había impugnado su triunfo sobre el candidato de Futuro Radical, Pablo Domenichini.

La elección, celebrada el pasado 6 de octubre, estuvo marcada por un fuerte cruce de acusaciones entre ambos sectores políticos debido a presuntas irregularidades. En ese contexto, la Junta Electoral partidaria había confirmado la victoria de Fernández, postulante de la Lista 23 de Unidad Radical, espacio vinculado al senador nacional Maximiliano Abad.

El fallo fue impugnado por la oposición, liderada por Martín Lousteau y Facundo Manes, quienes decidieron recurrir a la Justicia Federal. Según los informes el recuento final reflejó una diferencia de más de 2.000 votos a favor de Fernández, quien obtuvo 39.715 votos (51,60%), frente a los 37.248 votos de Domenichini, representante de la Lista 15.

A pesar de que la oposición alegó que hubo parcialidad en el tratamiento de las impugnaciones presentadas por ambos sectores, el juez federal Alejo Ramos Padilla desestimó el reclamo y validó el resultado de los comicios, ratificando la elección de Miguel Fernández como presidente de la UCR bonaerense.

En relación con el Distrito Ezeiza, la resolución establece la nulidad de las mesas Nro. 1, 2, 3, 4, 5 y 6, lo que implica que la cantidad de mesas anuladas supera el 50% de las habilitadas en ese distrito. Como consecuencia, se ordenó la convocatoria a elecciones complementarias únicamente para aquellas mesas cuya nulidad ha sido declarada.

La Junta Electoral Provincial deberá tomar las medidas necesarias para garantizar la realización de estos comicios complementarios, conforme a lo establecido en el artículo 117 del Código Electoral Nacional. Una vez realizadas estas elecciones complementarias, se procederá a un nuevo cómputo de los resultados del escrutinio definitivo de la elección interna de la UCR en el Distrito Buenos Aires.

El fallo completo